Opinión: Deslegitimar violencia en medios, esencial para prevenir otras formas de violencia

sandra chaherSe trata de formas de violencia que hasta el momento no estaban presentes en nuestra normativa y que responden a la implementación de las recomendaciones presentes tanto en la Convención CEDAW, como en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará).

 

Por Sandra Chaher, Periodista, docente y consultora en comunicación y género. Presidenta de la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad.

Algunas de las formas de violencia que han aparecido en los últimos años en las leyes de violencia de segunda generación de varios países de América latina son la violencia simbólica y la violencia mediática. Se trata de formas de violencia que hasta el momento no estaban presentes en nuestra normativa y que responden a la implementación de las recomendaciones presentes tanto en la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia las Mujeres (CEDAW por sus siglas en inglés) como en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará). En estos tratados se hace referencia a la eliminación de los patrones socioculturales estereotipados que perpetúan las desigualdades (CEDAW y Belém do Pará) y a la necesidad de que los medios de comunicación adopten medidas adecuadas para la eliminación de la violencia hacia mujeres y niñas (Belém do Pará).

Se trata de dos figuras jurídicas esenciales para abordar la prevención de la violencia, ya que las formas de violencia tangibles como el maltrato o el feminicidio, e incluso la violencia emocional, se sostienen y reproducen debido a la existencia de un sustrato cultural que naturaliza las desigualdades entre las personas según cuál sea la identidad de género o la opción sexual de cada una. ¿Cómo interpretar sino que las mujeres hayan sido históricamente las responsables de los cuidados reproductivos de las personas que integran la sociedad sin que hubiera ninguna razón que justificara este mandato cultural más que la idea de que son responsables del sostenimiento de los espacios privados? ¿O que las personas trans o travestis hayan visto tradicionalmente limitadas sus capacidades de supervivencia al ejercicio de la prostitución, ya que son expulsadas de cualquier forma de socialización que les permitiría el desarrollo profesional, debido a la diversidad de su identidad de género? ¿O que los varones sigan ocupando la enorme mayoría de los espacios de poder en empresas y estados de todo el mundo y continuen siendo visibilizados por la mayoría de la sociedad como los más idóneos para desempeñarse en esos cargos?

Estas figuras jurídicas – y otras disposiciones similares en normativas vinculadas a medios de comunicación- generaron en algunos de los países de la región durante los últimos años debates en torno al rol de los medios de comunicación en la reproducción de las desigualdades de género. De acuerdo al libro “Políticas públicas de comunicación y género: Un camino por recorrer” –que analiza la situación de 6 países de la región-, desde la aprobación, en 1995, del Capítulo J de la Plataforma de Acción de Beijing, referido a medios de comunicación, no se han realizado avances sustanciales en la región en relación a la representación de las mujeres en los medios y a la democratización de las estructuras laborales de las redacciones. Si bien la sociedad civil avanzó en los compromisos asumidos en Beijing, menos lo hizo el Estado y prácticamente inexistente ha sido el aporte de las empresas de comunicación.

La existencia en algunos de nuestros países de las figuras jurídicas de violencia simbólica y mediática, y la obligación de implementación de políticas públicas acordes a estas normativas por parte de los estados, ha generado en los últimos años movimientos tendientes a discutir el rol de los medios. Esto ha sucedido particularmente en Argentina, Bolivia, Venezuela, Uruguay y Ecuador, de la mano de debates más amplios sobre la redistribución de los bienes simbólicos y culturales en el marco de gobiernos progresistas en relación a la ampliación de derechos sociales y culturales.

En Argentina, disponemos desde el año 2009 de dos leyes –la Ley 26485 de Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia y la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual- que permitieron el armado de una red de políticas públicas destinadas a combatir la desigualdad en los medios de comunicación. Este entramado incluye organismos destinados a trabajar en políticas blandas de comunicación y género (sensibilización, capacitación, diálogos, campañas) y políticas duras (sanciones posteriores). Ambos mecanismos –divididos en diferentes organismos y no explicitados como políticas públicas de comunicación y género-, sumados a la movilización de la sociedad civil a partir de las mismas normativas, permitió en los últimos años la existencia de un estado deliberativo en relación a las desigualdades de género en los medios que abarca a estados, academias, sociedad civil e incluye, aunque no lo deseen, a las empresas de medios (tanto periodísticas como publicitarias) que son constantemente citadas para revisar prácticas que escenifican las desigualdades en los medios.

Actualmente nos encontramos en un momento de transición política hacia una nueva gestión gubernamental de tipo más conservador que ya ha manifestado su disconformidad con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, razón por la cual aún no es claro el futuro que tendrán estas actuales políticas públicas de comunicación y género. Sería un enorme retroceso en términos de derechos humanos que estas políticas se discontinuaran, sobre todo considerando que los resultados del último Proyecto Monitoreo Global de Medios no han sido positivos –la creciente representación femenina en los medios de los últimos años se estancó y retrocedió el cuestionamiento en las noticias a los estereotipos tradicionales- y se hace hoy, más imprescindible que ayer, disponer de la herramienta del Estado al servicio de la promoción de los derechos humanos.

COMMENTS