Reglamento contemplará sanción a instituciones que no garanticen derechos de las mujeres en acceso a aborto

Reglamento contemplará sanción a instituciones que no garanticen derechos de las mujeres en acceso a aborto

Por Catalina Ellies

El sábado 23 de septiembre la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley 21030) fue visada por la Contraloría General de la República y publicada en el Diario Oficial, lo que significa que a fines de diciembre debiese estar operativa. Paz Robledo, médica cirujana especializada en pediatría, magíster en Psicología del Adolescente y asesora del gabinete del Ministerio de Salud (Minsal) en esta materia, está a cargo de coordinar la redacción de la normativa que regirá la correcta implementación de la ley.

Este reglamento demanda un trabajo conjunto entre la Subsecretaría de Salud Pública, la de Redes Asistenciales y el equipo jurídico del Minsal. Las directrices son estandarizar las normas nacionales, técnicas y administrativas que deben garantizar calidad y seguridad para las mujeres que necesiten estas prestaciones médicas en las situaciones límite que contempla la ley de aborto y que serán exigidas por bono tanto en el sistema público como en las isapres.

“Una de las cosas que más me llamó la atención cuando empezamos a hacer el abordaje de la ley es lo absolutamente atrasados que están en metodología y técnicas disponibles los equipos obstétricos en Chile. Acá todos los vaciamientos uterinos, cuando hay abortos espontáneos o cuando el feto está muerto, se hacen con tecnologías de hace más de una década. Me parece insólito que incluso sin ley de interrupción voluntaria del embarazo, teniendo los más de 11 mil casos anuales de vaciamiento uterino, estemos usando técnicas prehistóricas. Esta ley es una tremenda oportunidad para ponernos al día, educar, entregar herramientas y cambiar el foco, pensando en las necesidades de las mujeres. En otros países para estos procedimientos se realiza tratamiento farmacológico y sistemas de aspiración, que son menos invasivos, dolorosos y evitan infecciones, perforaciones y hospitalizaciones, por lo tanto, son procedimientos beneficiosos para el sistema sanitario y las mujeres”.

El Minsal está trabajando en la norma en conjunto con la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de personas Adultas y también incluirá a la Sociedad de Ginecología Infanto Juvenil para que participe como revisora. Para Robledo, la principal dificultad para elaborar este documento ha sido estar tan ajustados con los plazos, ya que se limita la participación de las organizaciones de la sociedad civil. “No vamos a poder hacerlo desde un proceso participativo y de involucramiento, nos hubiese gustado convocar a todas las organizaciones de mujeres para contar con sus opiniones, su colaboración y experiencia en el tema, pero solo hemos informado en al Consejo Consultivo de Género y Salud porque sabemos que para abrir la participación societal necesitaríamos más tiempo y no lo tenemos, hemos estado durante 2 años 8 meses discutiendo sobre aborto y lo que ahora corresponde es abocarnos en instalar la ley”.

El protocolo tratará las tres causales por separado con equipos especializados en cada una de ellas. “En Chile tenemos una larga experiencia en salud útero fetal, con más de 60 años de trabajo, por lo tanto, no es que vayamos a descubrir la pólvora, vamos a fortalecer una estructura sanitaria que ya existe y que está integrada en el nivel primario, secundario y terciario y también las capacidades que requiere la especialidad”, detalla Robledo.

La asesora aclara que las causales de riesgo de vida de la mujer e inviabilidad son situaciones que ya ocurren en algunos establecimientos del país de manera rutinaria. La ley normará y disipará cualquier tipo de dudas, sobre todo la causal de violación, que es un escenario totalmente nuevo. “La tercera causal sale entre comillas del tema médico porque está determinada por un contexto social, por lo tanto, no basta con el vaciamiento uterino. También es necesario un acompañamiento en la vulneración de derechos que ha sufrido esa mujer o niña y poner a disposición el apoyo psicológico y psiquiátrico que vaya de la mano de sus derechos, donde se vele por su integralidad para dar un salto en la dimensión psicosocial que requieren”.

Ellas deciden

Cuando la ley se discutió en el Tribunal Constitucional, un párrafo fue modificado y abrió la posibilidad de que las instituciones fueran objetoras de conciencia. Se sacó el texto «y en ningún caso» cambiando todo el sentido de la oración, lo que implica que, en teoría, alguna institución sí podría declarar que dentro de su ideario está no dar estas prestaciones. Si eso fuera así, se debe derivar a la mujer a otro recinto de salud para que pueda ejercer su derecho a decidir.

Otras de las inquietudes de las organizaciones de mujeres y feministas se relaciona con la correcta aplicación del acompañamiento y que este no se convierta en un elemento disuasivo. “El foco de esta ley son los derechos, que puedan decidir incluso en estas situaciones límite. Si bien existe una ley de derechos y deberes de los pacientes, sabemos que está instalada una cultura sanitaria y médica bastante dictatorial. En la práctica las grandes transformaciones cuestan y esta ley nos permite hacer un proceso de reflexión justamente con estos equipos de especialidad, donde el respeto a la decisión de ellas, sea el eje. Eso me parece que es un salto cultural que esperamos esté expresado como corresponde en la normativa nacional que estamos trabajando. Con el aborto terapéutico dos médicos decidían como voz experta, cuando en realidad la más experta en su vida es la mujer”.

Consultada sobre cómo se resuelve la negativa de la Universidad Católica – por ejemplo – a realizar abortos, pese a recibir subvenciones públicas, Paz Robledo sostiene que “las autoridades políticas y de la UC deben resolver este tema. La FEUC hizo un plebiscito a sus cerca de 12 mil estudiantes, donde más 54% estuvo de acuerdo con realizar abortos. Esto es un proceso democrático de transformación, donde lo más importante es que las personas del equipo de salud se enfrentarán a una situación en la que nunca han estado; tendrán que ponerle rostro. Estas historias de vida merecen un proceso de reflexión profundo porque la objeción de conciencia tiene muchas aristas”.

El reglamento estipula que todos quienes estén dentro del pabellón donde se realizará el procedimiento podrán ser objetores.Esperamos que haya colegas que sean objetores de conciencia individual y que le puedan decir a la Católica, «yo objeto tú decisión de no dejar abortar a una mujer», de manera que se puedan respetar las condiciones del ejercicio profesional. Es evidente que no puede haber un hospital público que se declare objetor de conciencia porque una de sus funciones es hacer cumplir las leyes del Estado de Chile. Queremos hacer un proceso de búsqueda de los equipos que van a estar comprometidos con los derechos de las mujeres, de manera que iniciemos un proceso de dialogo y transformación cultural y no de persecución”.

Aborto en el EUNACOM

El presupuesto para la implementación de ley de aborto en 3 causales para 2017 es de $5.017 millones, pero como comienza a regir en diciembre, sólo considera una doceava parte de eso, es decir, $601 millones. Para el 2018, la partida de presupuesto del Minsal ya fue aprobada para esta área y considera $3.500 millones para fortalecer las capacidades del sistema público, específicamente en la especialidad del nivel secundario y terciario. Por lo tanto, no están considerados dineros a nivel privado.

Una vez que se definan todas las prestaciones, los seguros de salud privado tendrán que codificarlo e informar a la Superintendencia de Salud qué entidades están en condiciones de desarrollar este procedimiento y la superintendencia hará el seguimiento junto con la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI). Administrativamente, se está analizando con todas las aseguradoras, la Superintendencia de Salud y Fonasa cómo garantizar que las afiliadas a las isapres no queden sin cobertura. “Queremos que esto sea un bien público, sabemos que muchas niñas del sistema privado son cargas de sus padres, pero su propio papá puede ser el abusador, por lo tanto necesitamos que puedan acceder, ya sea por Salud Responde o acudiendo a algún consultorio. Sabemos que la medicina privada está regulada por la oferta y la demanda y que existen tantos planes de salud como personas y algunos sin útero, por lo tanto, cuando las mujeres escojan sus planes en las isapres tendrán que preguntar si incluyen sus derechos sexuales y reproductivos e informarse bien”.

Gran parte del presupuesto de esta ley se destinará a capacitación para profesionales de salud que realizarán estos procedimientos, incluyendo a las personas responsables de la orientación e información telefónica en Salud Responde. “Es evidente que con esta ley no solo tenemos que ver la instalación, sino que también trabajar con el Colegio Médico, Colegio de Matronas y los equipos de salud para que se implemente de la mejor manera. También debemos hacer revisión de los currículos universitarios, tanto de pregrado como de post grado. De hecho, soy de la idea de que incluso en el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM) debiera haber preguntas sobre aborto porque sabemos que en algunas universidades, por objeción de conciencia institucional, no lo enseñen. Pero necesitamos que estos conocimientos se adquieran y que se desarrollen destrezas para hacer estos procedimientos como corresponden”, dice.

Las instituciones que no cumplan con el reglamento arriesgan sanciones que se definirán en la normativa para que garanticen el ejercicio de los derechos de las mujeres, tanto en el sistema público como en privado. «Las sanciones propiamente tales están por definirse en la normativa. Ahora están en redacción y análisis por los equipos jurídicos. Pero efectivamente nosotros queremos tener un sistema de monitoreo, de seguimiento e implementación para que se garanticen los espacios de ejercicio de derechos para las mujeres tanto en el sistema público como privado». Paz Robledo destaca que quienes tendrán la misión de fiscalizar que estos procedimientos se realicen de forma correcta y oportuna serán representantes de las organizaciones de la sociedad civil. “Nosotros como Minsal podemos sacar muchas normativas, pero esto debe ser valorado por la ciudadanía como un bien público y un derecho ganado que debe ser cuidado y defendido porque esta ley llegó para quedarse, no es algo reversible”. 

Maternidad sobredimensionada

La tercera causal fue la más polémica durante la discusión y tramitación de la ley, donde se apuntó y descalificó a las víctimas de violencia sexual y se llegó al extremo de insinuar que las mujeres podrían inventar situaciones de abuso y violación. Al respecto la médica considera una falta de respeto que se generalice la visión distorsionada de las mujeres y se les tilde de mentirosas, gozadoras y negligentes, y no se dimensione el dolor y humillación que eso significa. “Me impresiona que se piense que las mujeres andan borrachas buscando sexo y mintiendo para abortar y que por lo tanto, la tercera causal es la apertura al aborto libre. Todos sabemos que no es llegar e inventar una violación, quien dice eso nunca ha estado con una mujer agredida sexualmente y nunca ha asistido a una niñita violada. Da la sensación de que nunca han criado a nadie. La violación es un daño tremendo a la estructura de personalidad de alguien en desarrollo como una niña o adolescente. Es como una bomba de racimo que hace que se sienta basureada y ninguneada. Reconstruirse para poder valorarse y pararse en sus dos patitas con esa tremenda mochila, es del terror”.

Paz Robledo hace su diagnóstico y cree que el principal problema es la valorización que le da la sociedad chilena a la maternidad y la radicalización del debate desde la vereda opositora, donde se analiza como blanco o negro y no se repara en circunstancias específicas. “Lo ven como si hubiera un grupo de mujeres fanáticas de abortar, cuando en realidad a quienes trabajamos en los derechos sexuales y reproductivos no nos gusta el aborto, porque es el síntoma del fracaso de un conjunto de políticas públicas que debieron haber llegado mucho antes. No puedes obligar a una mujer, que por el sólo hecho de tener un útero fértil sea una heroína, puede que quiera serlo, pero que lo elija. Ni tampoco imponerle a una niña que fue vulnerada durante toda su infancia hacerse cargo de un embarazo que no escogió y que no le permitió desarrollarse. La maternidad en este país está sobredimensionada y eso hace que incluso quienes continúan con el embarazo para darlo en adopción son condenadas, como si lo único que existiera fuese el desarrollo de esa nueva vida, sin importar la que ya existe”.

 

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